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Juanfer Quintero dijo que no había plata en el Cali y esta es la verdad sobre los salarios

Juan Fernando Quintero mencionó en una arenga que al Deportivo Cali se le debían dos meses de salario

Por David Arengas

Juanfer Quintero, en el camerino del América de Cali, durante la arenga que desató la polémica sobre los salarios en el Deportivo Cali. Foto
Juanfer Quintero, en el camerino del América de Cali, durante la arenga que desató la polémica sobre los salarios en el Deportivo Cali. Foto

Las declaraciones de Juan Fernando Quintero sobre la situación salarial de los jugadores del Deportivo Cali durante la previa del clásico vallecaucano del 27 de abril de 2025, generaron diversas reacciones. Ante esto, Carlos González Puche, presidente de Acolfutpro, se pronunció para aclarar la información.

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El 30 de abril de 2025, en una entrevista con el programa radial Deportes Sin Tapujos, dirigido por el periodista Diego Saviola, González Puche confirmó que existe un acuerdo entre la institución y los jugadores para el pago de los salarios adeudados. Según el dirigente, la deuda corresponde a 45 días.

"Hemos tenido confirmación del acuerdo que existe, el mes de marzo se adeuda una quincena y el compromiso hoy se está causado el 30 de abril. Se espera que se haga un abono sobre el mes y medio que se estaría adeudando (45 días). Los directivos se comprometieron a hacerlo a más tardar el día 2 de mayo para normalizar la situación salarial", explicó González Puche.

El presidente de Acolfutpro también señaló que el Deportivo Cali está adelantando negociaciones para obtener los recursos necesarios para saldar la deuda.

En la misma entrevista, González Puche explicó el marco legal en el que se encuentra el Deportivo Cali. El club está amparado bajo la ley 550 de 1999, la Ley de Reestructuración, la cual exige que el club esté al día en sus obligaciones.

"La ley establece que se pueden amparar en todos los procesos de reorganización, para el caso del de Cali está bajo la ley 550, se somete a consideración de la Superintendencia de sociedades el proceso, presentan una fórmula para cumplir la obligación, y esto debe tener la aprobación de los acreedores. Entre los beneficios que está tener esta ley, se encuentran no tener embargos y cualquier inconveniente parecido, pero todo gasto que se cause con posterioridad debe cancelarse al día porque de no cumplirse se incurriría en una falta y demostrando que no puede mantener el proceso especial en el que se encuentra. Así lo establece la norma", concluyó González Puche.


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